Sí. También tienen derecho como víctimas indirectas
Cuando una persona sufre negligencia médica en el IMSS, el daño no lo vive sola. La familia también sufre:
- Angustia y afectación emocional
- Gastos médicos adicionales
- Pérdida de ingresos
- Cambios drásticos en la dinámica familiar
- Daño moral profundo
Durante años, muchas autoridades negaban la indemnización a los familiares, argumentando que solo la “víctima directa” podía reclamar. Pero eso cambió.
Existe un criterio judicial con Registro digital 2028805 que reconoce algo fundamental:
Los familiares cercanos de la víctima directa pueden reclamar indemnización como víctimas indirectas en casos de responsabilidad patrimonial del Estado.
¿Qué significa ser víctima indirecta?
Eres víctima indirecta cuando:
- Tu esposo o esposa sufrió negligencia médica
- Tu hijo fue lesionado por mala atención médica
- Un familiar cercano resultó gravemente afectado
- La actuación irregular del Estado impactó directamente tu vida
Aunque no recibiste el daño físico, el perjuicio emocional y económico también es indemnizable.
¿En qué casos aplica?
Esta tesis se aplica cuando:
- La negligencia ocurrió en institución pública (IMSS, ISSSTE u hospital público)
- Existió actividad administrativa irregular
- Se promueve responsabilidad patrimonial del Estado
Esto es especialmente relevante en casos de muerte por negligencia médica, lesiones permanentes, daño neurológico grave o incapacidad permanente.
Un Tribunal Colegiado determinó que, aunque el cónyuge o los hijos no sean la víctima directa del error médico, tienen derecho a reclamar indemnización por el daño que sufrieron como consecuencia.
¿Qué se puede reclamar como víctima indirecta?
Dependiendo del caso, puede reclamarse:
- Daño moral y afectación emocional
- Daño psicológico
- Pérdida de estabilidad familiar
- Gastos derivados del cuidado
- Impacto económico en el núcleo familiar
¿Qué pruebas se necesitan?
Sin prueba, no hay indemnización. Normalmente se requiere:
- Expediente clínico completo y dictamen médico pericial
- Prueba del daño sufrido por la víctima directa
- Peritaje psicológico (en caso de daño emocional)
- Documentos que acrediten relación familiar e impacto económico
Preguntas frecuentes
¿Solo el paciente puede demandar al IMSS?
No. Los familiares cercanos también pueden reclamar indemnización como víctimas indirectas.
¿Qué familiares pueden reclamar?
Generalmente cónyuge, hijos, padres o personas con vínculo cercano acreditable.
¿Se puede reclamar aunque la víctima directa siga viva?
Sí, si el daño generó afectación psicológica o económica a la familia.
¿Esto aplica en hospitales privados?
No bajo la figura de responsabilidad patrimonial del Estado. En hospitales privados la vía sería la responsabilidad civil.
Cuando el daño no es solo médico, es familiar
La negligencia médica no solo afecta un cuerpo. Afecta un hogar.
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¿Tu familia ha sufrido por un error médico?
Cuando el Estado falla, debe reparar integralmente, incluso a quienes sufrieron las consecuencias indirectas.
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