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Responsabilidad Legal

¿Puede un hospital privado ser responsable por negligencia médica?

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Sí, en ciertos casos la ley permite demandarlo junto con el médico

Si sufriste negligencia médica en un hospital privado, probablemente te dijeron:

“El hospital no es responsable, solo el médico.”

Pero eso no siempre es cierto.

En México, aunque la regla general es que responde el médico que cometió el error, existen casos en los que el hospital privado también puede ser civilmente responsable.

Aquí te explicamos cuándo sucede y qué debes saber si estás pensando en demandar.

Regla general: responde el médico que causó el daño

La ley establece que quien realizó directamente el acto médico —es decir, el cirujano o especialista tratante— es quien debe responder por la negligencia.

Esto significa que si hubo:

  • Error en diagnóstico
  • Cirugía mal realizada
  • Omisión de tratamiento
  • Falta de seguimiento médico

En principio, el responsable es el médico que tomó la decisión.

Pero hay una excepción importante

Existe una tesis aislada con Registro digital 2028038 que reconoce algo fundamental:

Un hospital privado puede ser responsable por negligencia médica cuando exista una relación suficiente entre el hospital y el médico que realizó el acto.

Es decir, aunque el médico haya sido contratado por el paciente, el hospital no siempre queda fuera de responsabilidad.

¿Cuándo puede ser responsable el hospital privado?

Un hospital puede ser responsable cuando:

  • El médico actuó dentro de funciones encomendadas por el hospital
  • Existía una relación formal o material entre el médico y el centro sanitario
  • El hospital influyó en las decisiones médicas
  • No existía plena libertad prescriptiva del médico
  • Hubo supervisión, indicaciones o dependencia operativa

También responde directamente cuando el daño proviene de:

  • Fallas en instalaciones
  • Deficiencias tecnológicas
  • Equipamiento defectuoso
  • Mala organización hospitalaria

En estos casos, ya no solo se trata del error del médico, sino de la responsabilidad del hospital como institución.

¿Qué significa “responsabilidad por hecho ajeno”?

La ley mexicana (artículos 1919 a 1925 del Código Civil Federal) reconoce que una persona o empresa puede ser responsable por el daño causado por alguien que actúa bajo su dependencia.

En términos sencillos, si el hospital:

  • Eligió mal al médico
  • No supervisó adecuadamente
  • Permitió condiciones inseguras
  • O tenía relación de subordinación con el tratante

Puede existir responsabilidad civil del hospital privado.

Preguntas frecuentes sobre responsabilidad de hospitales privados

¿Puedo demandar solo al hospital?

Depende del caso. Muchas veces se demanda tanto al médico como al hospital.

¿El hospital siempre responde por el médico?

No. Es una excepción que debe probarse.

¿Qué necesito para demostrarlo?

  • Expediente clínico completo
  • Dictamen médico pericial
  • Pruebas de la relación hospital-médico
  • Análisis jurídico del caso

¿Se puede reclamar indemnización?

Sí. La vía es civil y busca reparación del daño.

La estrategia correcta cambia el resultado

No todos los casos permiten demandar al hospital privado. Por eso es fundamental analizar:

  • Cómo se contrató al médico
  • Qué papel tuvo el hospital
  • Si hubo subordinación o control
  • Si existieron fallas institucionales

En BJMA estudiamos cada caso de forma integral para determinar si solo responde el médico, si también responde el hospital, o si existen ambas responsabilidades.

¿Tu caso requiere revisión inmediata?

Una estrategia bien planteada puede marcar la diferencia entre perder el caso o obtener indemnización.

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